POLÍTICA GENERAL RELATIVA A LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS INTERNOS DE INFORMACIÓN EN LAS SOCIEDADES DEL GRUPO BARTOLOMÉ

Colmenar Viejo, 12 de junio de 2023[cite: 3].
Actualización: Texto corregido y actualizado en sesión del Consejo Conjunto de Administración de ES BARTOLOMÉ y participadas el 19 de enero de 2026[cite: 3].

1. INTRODUCCIÓN. MARCO JURÍDICO

Esta política se establece bajo el amparo de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, trasponiendo la Directiva Europea 2019/1937[cite: 3].

2. EL GRUPO BARTOLOMÉ

El Grupo Bartolomé está integrado por la sociedad dominante, E.S. BARTOLOMÉ, y sus sociedades participadas[cite: 3]. Esta política define las directrices generales que deben seguir todas las empresas del grupo para garantizar la protección del informante[cite: 3].

3. CANAL DE DENUNCIAS EXISTENTE

Con anterioridad a esta normativa, las sociedades del Grupo ya contaban con canales de denuncia y códigos de conducta implantados en el marco de sus programas de Compliance[cite: 3]. El nuevo sistema integra y refuerza estos mecanismos preexistentes[cite: 3].

4. SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

4.1. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El sistema busca proteger a cualquier persona que, en un contexto laboral o profesional, detecte infracciones penales o administrativas graves o muy graves[cite: 3]. Esto incluye a:

  • Empleados, directivos y accionistas de las sociedades del grupo[cite: 3].
  • Contratistas, subcontratistas y proveedores[cite: 3].
  • Cualquier persona relacionada con el informante que pueda sufrir represalias (familiares, compañeros)[cite: 3].

4.2. RESPONSABLE DEL SISTEMA

Cada sociedad del grupo designará a un Responsable del Sistema que actuará con independencia[cite: 3]. A nivel de grupo, se garantiza la coordinación y el asesoramiento mutuo para el correcto tratamiento de las informaciones recibidas[cite: 3].

4.3. PRINCIPIOS GENERALES

  • Confidencialidad: Garantía de anonimato y reserva absoluta sobre la identidad del informante[cite: 3].
  • Protección de datos: Cumplimiento estricto del RGPD y la LOPDGDD[cite: 3].
  • Prohibición de represalias: Protección total contra cualquier consecuencia negativa derivada de la comunicación[cite: 3].
  • Derecho a la defensa: Se garantiza el derecho a la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas[cite: 3].